El Tribunal Administrativo de Cundinamarca revoca fallo fiscal contra Gustavo Petro
La decisión del tribunal implica que el exalcalde de Bogotá no deberá pagar la sanción impuesta por la compra de vehículos para la recolección de basuras en la capital.
Revocatoria del fallo fiscal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha tomado una decisión significativa al aprobar la solicitud de revocatoria directa presentada por la Contraloría de Bogotá. Esta solicitud busca anular el fallo de responsabilidad fiscal que se impuso hace algunos años contra Gustavo Petro, quien fue alcalde de Bogotá. El fallo original estaba relacionado con la compra de vehículos destinados a la recolección de basuras en la ciudad, un tema que ha sido objeto de controversia y debate en el ámbito político y administrativo.
Detalles de la sanción
Como resultado de esta revocatoria, Gustavo Petro se libra de la carga de pagar más de 40.500 millones de pesos colombianos, una sanción significativa que había sido impuesta por la Contraloría. Los magistrados de la Sección Primera, Subsección B, del tribunal, concluyeron que el ente de control había violado el principio de legalidad y el debido proceso en el manejo del caso de Petro. Esta decisión resalta la importancia de los procedimientos legales adecuados en la administración pública.
Principios legales vulnerados
En su fallo, el Tribunal Administrativo destacó que los actos sancionatorios emitidos por la Contraloría se realizaron con
“manifiesta oposición a la ley”. Esta afirmación se basa en la aplicación de presunciones de culpa que no estaban fundamentadas en la normativa adecuada para el juicio fiscal en cuestión. La sentencia señala que la Contraloría utilizó criterios de dolo y culpa grave, conforme a la Ley 678 de 2001, que son aplicables a la acción de repetición. Sin embargo, el tribunal determinó que esta norma no era pertinente para un proceso de responsabilidad fiscal, lo que generó un perjuicio al principio de legalidad y al respeto al debido proceso.
Precedentes y respaldo del comité de conciliación
El Tribunal recordó que existía un precedente sobre casos similares en los que se habían vulnerado derechos procesales. En este sentido, reiteró que
“la demandada, con los actos demandados, incurrió en la violación del debido proceso por aplicación indebida de la Ley 678 de 2001”. Este tipo de precedentes es fundamental para garantizar que se respeten los derechos de los ciudadanos y se mantenga la integridad del sistema legal.
Aceptación de la oferta de la Contraloría
La oferta de la Contraloría fue respaldada de manera unánime por el comité de conciliación, lo que añade un nivel de consenso a la decisión. El abogado defensor de Petro, al aceptar la oferta, expresó que
“considero que la oferta se encuentra ajustada al ordenamiento jurídico vigente… manifiesto que acepto dicha oferta en los términos propuestos”. Esta aceptación ha sido clave para la resolución del caso, ya que establece un camino claro hacia la revocación de los actos que habían declarado a Petro responsable fiscalmente.
Resolución del Tribunal
Con esta decisión, el alto tribunal no solo ordenó la culminación del proceso, sino que también revocó los actos que habían declarado a Gustavo Petro responsable fiscal. Además, se determinó el cierre del cobro coactivo relacionado con esta sanción. En el fallo se especifica que
“no habrá lugar a reconocimiento económico… ni a indemnización de perjuicios patrimoniales o extrapatrimoniales”, lo que significa que el exalcalde y actual presidente de Colombia no enfrentará consecuencias económicas derivadas de este caso.
Esta resolución del Tribunal Administrativo de Cundinamarca refleja la complejidad de los procesos administrativos y la necesidad de que se respeten los derechos de todos los involucrados. La decisión también puede tener repercusiones en la forma en que se manejan futuros casos de responsabilidad fiscal en Colombia.

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