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Juristas alertan que sentencia sobre consulta previa está siendo usada para frenar legalmente proyectos ambientales legítimos

Juristas alertan que sentencia sobre consulta previa está siendo usada para frenar legalmente proyectos ambientales legítimos

Medellin mayo de 2025 — La Corte Constitucional colombiana emitió en 2024 la Sentencia T-248 para proteger los derechos del pueblo indígena Pirá Paraná frente a un proyecto REDD+. No obstante, expertos en derecho han advertido que esta decisión judicial está siendo tergiversada para detener de forma indiscriminada otros proyectos REDD+ que sí han cumplido con los estándares jurídicos y el consentimiento de las comunidades.

De acuerdo con el abogado penalista y constitucionalista Ricardo Andrés Giraldo Cifuentes, reconocido por su trayectoria como conjuez del Tribunal Superior de Medellín y por su experiencia en litigio estratégico, penal y ambiental, esta tendencia representa una grave desviación de la finalidad del fallo. “Estamos ante una manipulación del precedente. Se usa como excusa para frenar iniciativas legales, incluso aquellas construidas en conjunto con las comunidades indígenas y que cumplen los requisitos de consulta previa”, explicó Giraldo.

Entre las irregularidades detectadas se incluyen la paralización de proyectos basada únicamente en la presencia de población indígena sin evaluación jurídica rigurosa; el rechazo de intervenciones sostenibles que cuentan con aprobación comunitaria; la aplicación mecánica del fallo sin análisis contextual; y el uso del derecho de petición con motivaciones ajenas a la defensa de derechos fundamentales, como la competencia comercial o política.

Además, se han reportado casos en los que se utilizan nombres de universidades o instituciones académicas sin autorización, para legitimar solicitudes jurídicas carentes de fundamento.

Los juristas advierten que este fenómeno configura un posible abuso del derecho, categoría jurídica que se presenta cuando una norma es utilizada en sentido contrario a su propósito, instrumentalizándola para obtener beneficios indebidos o impedir acciones legítimas.

Giraldo insiste en que la sentencia no constituye una barrera para los proyectos REDD+, sino que establece garantías mínimas como el consentimiento libre, previo e informado de las comunidades directamente afectadas. “Interpretarla como una prohibición generalizada es jurídicamente incorrecto y políticamente riesgoso. Se desvirtúa el objetivo de proteger derechos colectivos, y en cambio se fomenta el bloqueo sistemático de procesos ambientales incluso cuando cuentan con apoyo territorial”, advirtió.

Expertos consultados coinciden en que el uso desviado del precedente puede terminar perjudicando tanto a las comunidades como al Estado. En lugar de fortalecer la jurisprudencia en materia de consulta previa, este tipo de instrumentalización puede generar desconfianza, frenar procesos sostenibles y saturar de manera indebida a las autoridades judiciales y administrativas.

 

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