La Dian exige a Reficar el pago de IVA por importación de combustibles
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha emitido una resolución que obliga a la refinería a pagar un IVA del 19% por la importación de gasolina, lo que podría derivar en embargos si no se cumple.
La resolución de la Dian
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha tomado una postura firme en relación con el cobro del impuesto al valor agregado (IVA) por la importación de combustibles. En este contexto, la entidad emitió la resolución 12812, en la que se insiste en que la refinería Reficar debe abonar un IVA del 19% por la importación de gasolina. Este requerimiento implica que la empresa deberá desembolsar más de $1 billón de pesos por este concepto, lo que representa una carga financiera significativa.
Requerimientos y antecedentes
La resolución también podría implicar que Reficar deba realizar pagos retroactivos correspondientes a los últimos tres años, lo que agrava aún más la situación. En mayo de 2023, Ecopetrol, la empresa matriz de Reficar, había señalado que a partir de enero de 2025, ambas entidades habían comenzado a cumplir con los pagos del IVA por la importación de gasolina y ACPM, aunque expresaron su desacuerdo con la interpretación de la Dian sobre la tarifa del 19%.
“A partir de enero de 2025, Ecopetrol y Reficar han venido realizando los pagos del IVA por la importación de gasolina y ACPM, en cumplimiento a la interpretación de la Dian a la tarifa del 19%”,
Esta declaración refleja la complejidad del asunto, ya que, a pesar de cumplir con lo estipulado, ambas empresas han interpuesto un recurso de reconsideración. La Dian, por su parte, sostiene que Reficar está obligada a pagar el IVA por la importación de combustibles.
Argumentos de Reficar
En su defensa, Reficar ha presentado argumentos que cuestionan la validez del cobro del IVA. Uno de los puntos más relevantes es que, según la refinería, la falta de una fijación de precios por parte del Ministerio de Minas y Energía para efectos de liquidación del IVA significa que no existe una base gravable. Esto implica que los productos refinados del petróleo importados no generan el impuesto que la administración pretende cobrar.
“Por el hecho de que el Ministerio de Minas y Energía no haya fijado los precios para efectos de liquidación del IVA, no existe una base gravable”
Este argumento se centra en la interpretación que la Dian hace del artículo 459 del Estatuto Tributario, el cual establece que se debe aplicar una base general. Reficar argumenta que esta interpretación ignora la existencia de una base gravable especial que se encuentra vigente para la gasolina y el ACPM.
Posibles consecuencias del incumplimiento
La situación se torna crítica, ya que un incumplimiento de la orden de la Dian podría resultar en el embargo de las cuentas de la refinería. Esta medida podría poner en riesgo la operatividad de Reficar, una empresa que forma parte del Grupo Ecopetrol. La posibilidad de un embargo podría llevar a la refinería a cesar sus operaciones en un plazo breve, afectando no solo a la empresa, sino también a la economía del país, dado el papel crucial que desempeña en el suministro de combustibles.
Perspectivas futuras
El desenlace de este conflicto entre Reficar y la Dian es incierto y podría tener repercusiones significativas en el sector energético. La refinería continúa buscando la manera de resolver esta disputa, mientras que la Dian se mantiene firme en su postura. Los próximos pasos dependerán de las decisiones que tomen ambas partes y de cómo se desarrollen las negociaciones en torno a este tema tan delicado.

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