Corte Constitucional ordena cambios en el ingreso de abogados y médicos al INPEC
La Corte Constitucional establece nuevas directrices para el acceso de abogados y médicos a los centros penitenciarios, eliminando la necesidad de autorización judicial.

Decisión de la Corte Constitucional
La Sala de Revisión de tutelas de la Corte Constitucional ordenó al INPEC dejar de exigir autorización judicial a los abogados defensores que se acercan a los centros penitenciarios para reunirse con sus clientes, quienes en varios casos venían sufriendo de este tipo de barreras.
Normativas de ingreso para abogados
“La Corte indicó que según las normas que rigen el ingreso de abogados a establecimientos penitenciarios, estos solo deben presentar su cédula de ciudadanía; su tarjeta profesional y la autorización escrita y con impresión dactilar de la persona privada de la libertad”, sentenció el alto tribunal en el fallo.
Instrucciones para médicos particulares
En la misma determinación, la Corte también incluyó a los médicos particulares que buscan ingresar a los penales para realizar valoraciones solicitadas por el privado de la libertad. Esto es especialmente relevante en casos donde se verifica si, por situaciones de salud, el individuo podría estar detenido intramural o en otras condiciones.
El fallo de la Corte
De acuerdo con los magistrados, no es admisible la exigencia de una autorización judicial para que los médicos particulares puedan ingresar a valorar al privado de la libertad. Además, ordenó al INPEC expedir una circular que aclare los procedimientos de ingreso de los médicos, enfatizando que en ninguna ocasión podrá exigírsele al médico autorización de un juez.
Plazos para la implementación
Tal circular deberá ser redactada y puesta en funcionamiento dentro del próximo mes.
Condiciones de ingreso para médicos
“Precise las condiciones de ingreso a los establecimientos carcelarios de los médicos particulares con el fin de acreditar si el estado de salud de una persona privada de la libertad resulta incompatible con la reclusión intramural. En cualquier caso, dentro de dichas condiciones no podrá establecerse la necesidad de contar con una autorización judicial”, resaltó la Corte Constitucional.
Contexto del fallo
Los magistrados adoptaron la determinación al analizar el caso de un privado de la libertad que había sido víctima de un atentado durante un traslado entre Popayán y Cali, lo que le dejó graves heridas y lo mantuvo más de un mes en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).
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