Tribunal declara improcedente tutela contra el CNE sobre Progresistas
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló en contra de la tutela presentada por congresistas que buscaban anular condicionamientos del CNE al partido Progresistas.
Fallo del Tribunal Administrativo
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró improcedente la tutela interpuesta por los representantes a la Cámara, Heráclito Landinez y David Racero, contra la resolución 09111 de 2025 del Consejo Nacional Electoral (CNE), con la que se concedió personería jurídica al partido y, al mismo tiempo, se impuso un condicionamiento.
Condicionamiento del CNE
El reconocimiento de la personería jurídica está supeditado a la terminación de los procesos sancionatorios contra el (Movimiento Alternativo Indígena y Social), partido que se escindió (dividió).
Argumentos de los Congresistas
- Vulneración de derechos a elegir y ser elegido.
- Infracción a la igualdad y debido proceso.
- Impedimento para participar en las consultas del Pacto Histórico programadas para el 26 de octubre.
#Atención | El Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por los congresistas Heráclito Landínez (@HERACLITOL) y David Racero (@DavidRacero) contra el @CNE_COLOMBIA.
Buscaban levantar el condicionamiento al reconocimiento de la… pic.twitter.com/VnfrTGXVyt—
Razones de la Improcedencia
Los magistrados argumentaron que la tutela fue declarada improcedente debido a que no se cumplió con el requisito de subsidiariedad, ya que la resolución aún no está en firme y está pendiente el recurso de reposición.
Además, explicaron que el acto administrativo expedido por el Consejo Nacional Electoral no se encuentra en firme, dado que se interpuso un recurso de reposición que actualmente está en curso.
También se indicó que no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable.
Documentación Adicional
Vea la decisión a continuación:

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