Tribunal admite demanda contra RTVC por contratos millonarios
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha admitido una acción popular contra RTVC por la celebración de contratos que no se alinean con su misión como sistema de medios públicos.

Admisión de la demanda
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha admitido la acción popular interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho contra la Sociedad Radio Televisión Nacional de Colombia – RTVC S.A.S., debido a la celebración de contratos interadministrativos que no guardan relación con su misión como sistema de medios públicos.
Motivos de la demanda
Los magistrados han considerado que la demanda cumple con los requisitos legales y que busca proteger derechos colectivos como:
- Moralidad administrativa
- Defensa del patrimonio público
- Libre competencia económica
Prácticas cuestionadas
En los últimos años, RTVC ha suscrito convenios con ministerios y agencias nacionales para una variedad de actividades, incluyendo:
- Logística de eventos
- Alquiler de tarimas y carpas
- Servicios de alimentación
- Transporte
- Ferias y campañas institucionales
Estas tareas han sido mayormente tercerizadas a través de operadores privados. La acción judicial argumenta que esta práctica convierte a RTVC en un intermediario que canaliza recursos públicos sin observar principios de selección objetiva ni garantizar condiciones de pluralidad y transparencia.
Patrón de tercerización
La Fundación para el Estado de Derecho ha señalado que “la ejecución contractual de RTVC presenta un patrón de tercerización estructural, que agudiza el desvío de su objeto misional y compromete el cumplimiento de los principios que rigen la función pública.”
RTVC tiene una planta organizacional reducida, con apenas 60 empleados de planta frente a más de 1.800 contratos de prestación de servicios.
Declaraciones del director de la Fundación
Andrés Caro, director de la Fundación, afirmó que “lo que buscamos es que RTVC se concentre en su misión como sistema de medios públicos y que se ponga fin al uso indebido de contratos interadministrativos para actividades ajenas a su objeto.”
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