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Juez toma medidas por incumplimiento en el caso de Pipe Tuluá

El juez segundo promiscuo del circuito de Villanueva exige al Inpec cumplir con el fallo de tutela que ordena el traslado de Andrés Felipe Marín Silva a la cárcel La Picota.

Juez toma medidas por incumplimiento en el caso de Pipe Tuluá

Contexto del fallo de tutela

El juez segundo promiscuo del circuito de Villanueva, Cristian Camilo López Pontón, ha requerido a las directivas del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) para que, en el término de un día a partir de la notificación del auto, informen quién debía cumplir con el fallo de tutela que ordenaba el traslado de Andrés Felipe Marín Silva, alias ‘Pipe Tuluá’, a la cárcel La Picota de Bogotá.

Incumplimiento del fallo

Este requerimiento se produce ante el incumplimiento del fallo de tutela expedido el 24 de septiembre, el cual establecía que el jefe de la estructura criminal de ‘La Inmaculada’ debía ser trasladado a la cárcel La Picota en un plazo de 48 horas.

Argumentos del incidente de desacato

El auto se emitió en medio de un trámite de incidente de desacato que inició el accionante, quien interpuso la tutela contra el Inpec alegando condiciones indignas para ‘Pipe Tuluá’ en la estación de Policía de ‘Los Mártires’. Además, se argumentó que Marín Silva ha recibido amenazas de muerte.

Requerimientos a Inpec

“RESUELVE: REQUERIR a los directores nacionales y a los responsables de las oficinas de talento y/o recursos humanos del INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO (INPEC) y de la POLICÍA NACIONAL para que, en el término de un (1) día contado a partir de la notificación del presente proveído, (i) certifiquen quién es el funcionario(a) encargado(a) de cumplir la orden de tutela, así como también sus nombres completos, los números de cédulas de ciudadanía, cargo que desempeñan, correo electrónico personal de notificaciones y demás datos que permitan su adecuada e inequívoca identificación; (ii) informen las razones por las cuales aún no han dado cumplimiento a la orden de tutela; (iii) se les conmine a los encargados de darle cumplimiento a la orden de tutela a que procedan de conformidad con lo ordenado, so pena de que sean declarados en desacato y, consecuencialmente, se les imponga una sanción de arresto y/o multa, sin perjuicio de que se les compulsen copias penales por fraude a resolución judicial”

Este es el contenido del auto de tres páginas emitido por el juez.

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