¿Cuánto tiempo tiene para reclamar el premio de la lotería y cómo hacerlo?
Al ganador se le descontará el 20% del valor neto del premio.

Los colombianos le siguen apostando a la lotería y el baloto, juegos de azar que los puede convertir en millonarios en cuestión de segundos. Diariamente, son varias las loterías que realizan el debido sorteo dejando a más de una persona como ganadora de miles de millones de pesos.
Sin embargo, hay quienes aún no saben cómo reclamar el premio y cuánto tiempo tienen para hacerlo. Aquí le contamos.
¿Cuánto tiempo tiene para reclamar el premio de la lotería?
De acuerdo con la Corte Constitucional de Colombia, y la página web de ‘Paga Todo’, el ganador tiene únicamente un año de plazo para reclamar el premio.
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Además, es de destacar que, de acuerdo con el artículo 317 del Estatuto Tributario, se fija un 20%, por la tarifa del impuesto de ganancias ocasionales provenientes de loterías, rifas, apuestas y similares.
Es decir que, una vez el ganador quiera cobrar su dinero, se le será descontado el 20% del valor neto del premio.
¿Dónde cobrar el premio de la Lotería?
A través de la página de Paga Todo, puede consultar los puntos de venta habilitados para reclamar sus premios.
Haga clic aquí y conozcas el listado completo de las sedes.
¿Cómo cobrar el premio de la Lotería?
Según menciona esta entidad, los requisitos y documentos que debe presentar en las sedes de cobro son los siguientes:
- Diligenciar al respaldo del formulario ganador la siguiente información: Nombres y apellidos completos, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico (opcional).
- Presentar documento de identificación físico.
- Anexar formulario original ganador.
- Anexar fotocopia o soporte válido de su documento de identificación (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte) ampliada al 150%, para premios iguales o superiores a $100.000 pesos.
- Diligenciar el formulario de pago de premios dispuesto para los premios iguales o superiores a $500.000 pesos.
- En la liquidación de los premios se aplicarán los impuestos de ley que correspondan.
- Tenga en cuenta que para premios superiores a 48UVT aplica el 20% de retención por ganancias ocasionales.
- Presentado oportunamente dentro del término legal el documento de juego ganador para su pago y este no es pagado sin justificación alguna, usted APOSTADOR, podrá continuar con el trámite previsto en el artículo 12 de la Ley 1393 de 2010 y/o la norma que lo modifique o complemente.
¿Cuáles son las loterías que juegan en la semana?
Lunes
- Lotería de Cundinamarca
- Lotería de Tolima
- ColorLoto
- Baloto Revancha
Martes
- Lotería Cruz Roja
- Lotería de Huila
- MiLoto
Miércoles
- Lotería de Manizales
- Lotería del Meta
- Lotería del Valle
- Baloto
Jueves
- Lotería Quindío
- Lotería de Bogotá
- ColorLoto
Viernes
- Lotería de Santander
- Lotería de Medellín
- Lotería Risaralda
- MiLoto
Sábado
- Lotería de Boyacá
- Lotería de Cauca
- Baloto
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