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¿Cuándo sería la consulta popular decretada por el presidente Petro en Colombia? Esto dice decreto

La fecha es tentativa, ya que el Gobierno derogaría el decreto que convocó la consulta si se aprueban los puntos esenciales de la reforma laboral, impulsada por el Ejecutivo, que se discute este 11 de junio.

¿Cuándo sería la consulta popular decretada por el presidente Petro en Colombia? Esto dice decreto

En la tarde de este miércoles, 11 de junio, el presidente Gustavo Petro confirmó que firmó el decreto que convoca a la consulta popular para temas relacionados con la reforma laboral, luego de que previamente anunciara que impulsaría este mecanismo por ese camino.

En el decreto del Gobierno, se puntualiza nuevamente que la decisión del Senado de la República al hundir la primera consulta fue “inconstitucional”.

“El Senado de la República adoptó su decisión mediante un procedimiento que infringió abiertamente, no solo las reglas previstas en la Ley 5ª de 1992 -norma orgánica, parte del bloque y parámetro de control constitucional-, sino también los valores, principios y reglas que emanan directamente de la Constitución Política”, dice el decreto.

Así, el Gobierno tomó la decisión de decretar esta herramienta.

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¿Cuándo se llevaría a cabo la consulta popular?

Según explica el decreto, la consulta popular de la cual el presidente Petro firmó recientemente el decreto, se llevaría a cabo el próximo jueves, 7 de agosto.

Convóquese al pueblo de Colombia a una consulta popular en todo el territorio nacional para que, en ejercicio de su soberanía, el día siete (7) de agosto de 2025 decida si aprueba o rechaza las siguientes preguntas de trascendencia nacional”, dicen.

Cabe resaltar que la fecha es tentativa, ya que el Gobierno derogaría el decreto que convocó la consulta si se aprueban los puntos esenciales de la reforma laboral, impulsada por el Ejecutivo, que se discute este 11 de junio.

¿Cuáles son las preguntas de la consulta popular decretada este 11 de junio?

  • ⁠¿Está de acuerdo con que la jornada de trabajo dure máximo 8 horas y la jornada diurna sea entre las 6:00 a. m. y las 6:00 p. m.?
  • ⁠¿Está de acuerdo con que se pague un recargo del 100% por el trabajo los días de descanso dominical o festivo?
  • ⁠¿Está de acuerdo con que las micro, pequeñas y medianas empresas  productivas, preferentemente asociativas, reciban tasas de interés en materia de crédito e incentivos para sus proyectos productivos?
  • ⁠¿Está de acuerdo con que las personas puedan tener los permisos necesarios para atender citas médicas y licencias por periodos menstruales incapacitantes?
  • ⁠¿Está de acuerdo en que las empresas deban contratar laboralmente al menos 2 personas con discapacidad por cada 100 trabajadores?
  • ⁠¿Está de acuerdo con que los jóvenes aprendices del SENA y de instituciones similares tengan un contrato de aprendizaje de carácter laboral?
  • ¿Está de acuerdo con que las personas trabajadoras en plataformas de reparto y transporte acuerden su tipo de contrato y se les garantice el pago de seguridad social?
  • ⁠¿Está de acuerdo con establecer un régimen laboral especial para que los empresarios del campo garanticen los derechos laborales y el salario justo a los trabajadores agrarios?
  • ⁠¿Está de acuerdo en eliminar la tercerización e intermediación laboral mediante contratos sindicales?
  • ⁠¿Está de acuerdo con que las trabajadoras domésticas, madres comunitarias, periodistas, deportistas, artistas, conductores, y demás trabajadores informales, sean formalizados o tengan acceso a la seguridad social?
  • ¿Está de acuerdo en promover la estabilidad laboral mediante contratos a término indefinido como regla general?
  • ⁠¿Está de acuerdo con constituir un fondo especial destinado al reconocimiento de un bono pensional para los campesinos y campesinas?

Este es el decreto:

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Medellín HOY

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