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Autorización de la Alocución Presidencial por la CRC

La Comisión de Regulación de Comunicaciones aprobó la alocución presidencial del 17 de octubre de 2025, cumpliendo con los criterios establecidos.

Autorización de la Alocución Presidencial por la CRC

Autorización de la Alocución

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) autorizó la alocución presidencial emitida el 17 de octubre de 2025, tras concluir que la solicitud presentada por la Presidencia de la República cumplía con los seis criterios exigidos por la Circular 164 de 2025, la sentencia C-1172 de 2001 de la Corte Constitucional y la reciente decisión del Consejo de Estado.

Diferencias con Solicitudes Previas

La aprobación marca una diferencia frente a la solicitud previa, que fue rechazada por no demostrar un carácter urgente ni un tema claramente delimitado.

Propósito de la Intervención

La Presidencia aclaró el propósito de la intervención ante la CRC, explicando que no se trataba de una rendición de cuentas ni de transparencia de gestión, sino de la exposición de “medidas y decisiones de trascendencia que guardan una estrecha relación con la defensa de la seguridad nacional”.

Justificación de la Alocución

Con base en esa aclaración, la Comisión concluyó que sí existían circunstancias que justificaban la alocución, al tratarse de un asunto de interés público vinculado a la seguridad y la soberanía nacional.

Delimitación Temática

El documento señala que la delimitación temática, titulada “Defensa y Seguridad Nacional sobre cultivos de uso ilícito”, se corresponde con un interés legítimo de la ciudadanía y un deber institucional del Ejecutivo.

Criterios de Uso Excepcional

La CRC también destacó que la intervención cumplió los criterios de uso excepcional y no recurrencia, al no haberse emitido alocuciones presidenciales durante la semana anterior.

El Consejo de Estado había advertido que la repetición o extensión excesiva de estos mensajes puede constituir un uso “irrazonable y desproporcionado” del servicio público de televisión.

Limitaciones Temporales

La Sesión de Contenidos Audiovisuales, integrada por los comisionados Andrea Muñoz Gómez y Mauricio Vera Sánchez, verificó además la limitación temporal, entre las 7:30 y 8:30 p.m. y la obligación de transmisión simultánea por los canales privados, públicos, regionales y locales.

Primera Alocución bajo Nuevos Parámetros

Esta fue la primera alocución presidencial autorizada bajo los nuevos parámetros, después de que la CRC negara una solicitud por no demostrar urgencia ni excepcionalidad.

Garantía de Proporcionalidad

Según la Comisión, el cumplimiento integral de los criterios permite garantizar que las alocuciones se utilicen de manera proporcional y razonable, sin afectar el equilibrio informativo ni el pluralismo en los medios.

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