Gobierno podrá reasignar pacientes a otras EPS mediante nueva resolución
El Ministerio de Salud expidió una resolución que establece los criterios para la reasignación de afiliados a EPS en Colombia.

El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 00002161 de 2025, que establece los criterios y estándares técnicos para el funcionamiento de las EPS. En este documento se reorganiza el aseguramiento en salud en 10 regiones y 119 subregiones funcionales.
Estándares y Reglas de Reasignación
Además, se definen los estándares obligatorios para la autorización, habilitación y funcionamiento de las EPS y se fijan las reglas bajo las cuales se realizará la reasignación de afiliados en el marco de la territorialización.
Según explicó la cartera de salud, el proceso de asignación se ejecutará con el apoyo de la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES), encargada de garantizar que los usuarios sean trasladados a las EPS receptoras que continuarán operando en el ámbito territorial autorizado, definido por la norma.
¿Cómo será la reasignación?
De acuerdo con la resolución, la asignación de los afiliados quedaría activa a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha en que el Ministerio entregara a las EPS receptoras la lista de usuarios asignados. Las entidades de salud tendrán un mínimo de cinco días calendario previos a la efectividad del traslado para preparar la recepción.
El documento asegura que esto busca evitar la saturación del sistema y priorizar la selección de EPS con la capacidad técnica y operativa necesaria para recibir nuevos afiliados.
Un análisis de Así Vamos en Salud asegura que la medida “afecta el derecho de libre elección de los usuarios, al reasignarlos sin claridad” y desconoce los riesgos inmediatos en la continuidad de tratamientos y servicios de salud.
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