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Corte Suprema concede prisión domiciliaria a mujer de 87 años

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ha decidido otorgar prisión domiciliaria a Esperanza Rosales de Uribe, quien fue condenada por evasión de impuestos.

Corte Suprema concede prisión domiciliaria a mujer de 87 años

Decisión de la Corte Suprema

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con ponencia del magistrado Diego Eugenio Corredor, concedió prisión domiciliaria a Esperanza Rosales de Uribe, una mujer de 87 años de edad, condenada por evasión de impuestos.

Contexto del Caso

La mujer, que se desempeñaba como representante legal de la empresa Toscana S.A., dejó de consignar a la DIAN los valores recaudados por concepto de IVA entre los años 2010 y 2014, omitiendo el deber de pagar 56 millones de pesos en impuestos.

Consecuencias Legales

Por esta razón, fue sentenciada a más de cinco años de prisión y una multa superior a los 94 millones de pesos. Además, se ordenó su captura y envío a prisión, decisión que fue revocada por la Sala Penal.

Argumentos de la Sala Penal

Los magistrados consideraron:

  • Las características etáreas de la mujer.
  • Su arraigo familiar y comunitario.

Por lo tanto, determinaron que el lugar más idóneo para su reclusión, dado su estado de salud y edad, era su domicilio. Se ordenó que pague una caución de un salario mínimo mensual.

“Para la Sala, sin que sea necesario reiterar los criterios que gobiernan estos principios tutelares, la condición especial que reviste la procesada, a sus 87 años e incluso dejando de lado las enfermedades que la aquejan, obligaban de los falladores ordinarios, desde luego, con pleno apego a la ley, examinar de fondo esas circunstancias.”

Críticas a la Decisión del Juez de Primera Instancia

Los magistrados reprocharon que el juez de primera instancia ordenara la captura de la mujer al momento de que el fallo cobrara ejecutoria, sin considerar que era una persona sin antecedentes penales. Esto fue calificado como inadmisible, ya que estas condiciones estaban “al alcance de los falladores”.

Permisos para Atención Médica

La Corte también advirtió que la condenada “cuente con todos y cada uno de los permisos que requiera, para las atenciones médicas, de conformidad con lo previsto en el Código Adjetivo Penal”.

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