Nuevos Medidores de Agua en Colombia: Cambios y Requisitos
La Superintendencia de Industria y Comercio establece nuevas regulaciones para los medidores de agua en edificios residenciales.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha expedido la Resolución 69940 de 2025, que establece nuevos requisitos técnicos, metrológicos y administrativos que deberán cumplir los medidores de agua potable fría y caliente de uso residencial.
Además, el Gobierno impone nuevas obligaciones a los productores e importadores de estos instrumentos de medición.
“Esta medida tiene como propósito garantizar que los hogares colombianos cuenten con , asegurando cobros justos en la facturación del servicio público de acueducto”,
señaló la SIC en un comunicado.
Objetivos de la Nueva Regulación
La regulación busca abordar tres aspectos clave:
- Cobros ajustados al consumo real.
- Reducción de controversias y reclamos por errores de micromedición.
- Mayor confianza en la relación con los prestadores del servicio.
Es importante destacar que no es necesario que las personas cambien sus medidores actuales, ya que esta regulación se aplica a los nuevos medidores.
Período de Transición
Desde marzo de 2026, comenzará un período de transición de doce meses, durante el cual podrán ajustar sus procesos y productos a los nuevos requisitos.
Aspectos Destacados de la Nueva Regulación
Entre los puntos más relevantes se encuentran:
- Requisitos mínimos de exactitud y desempeño para medidores de agua potable fría y caliente de uso residencial, así como tolerancias permitidas.
- Evaluación de conformidad obligatoria previa a la importación o comercialización de dichos medidores.
- Registro obligatorio de los instrumentos de medición en el Sistema de Información de Metrología Legal (SIMEL).

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