Derecho a la mesada 14 para pensionados de Colpensiones en 2025
Conozca quiénes son los pensionados que tienen derecho a recibir la mesada 14 y los requisitos necesarios para acceder a este beneficio en 2025.
El artículo 142 de la Ley 100 de 1993 establece la existencia de una mesada adicional, conocida comúnmente como la mesada 14, la cual está dirigida específicamente a los miembros de la fuerza pública. Esta disposición legal busca garantizar un apoyo económico adicional a aquellos que han dedicado su vida al servicio del país.
Según la legislación vigente, los pensionados que han alcanzado su jubilación, así como aquellos que se encuentran en situaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, tienen derecho a este beneficio. Esto se aplica tanto a los pensionados del sector público como del privado, incluyendo a los oficiales, semioficiales y a aquellos que pertenecen al Instituto de Seguros Sociales. Además, los militares retirados cuyas pensiones fueron tramitadas antes del 1 de enero de 1988 también son elegibles para este pago adicional.
La mesada 14 se traduce en el reconocimiento de 30 días de pensión que corresponde a cada beneficiario, de acuerdo con el régimen que les aplique. Esta disposición es fundamental para asegurar un ingreso adicional que pueda ser utilizado para cubrir gastos imprevistos o para mejorar la calidad de vida de los pensionados.
“Los pensionados por vejez del orden nacional, beneficiarios de los reajustes ordenados en el Decreto 2108 de 1992, recibirán el reconocimiento y pago de los treinta días de la mesada adicional solo a partir de junio de 1996”,
se indica en el artículo mencionado. Es importante resaltar que aquellos pensionados que hayan realizado su trámite antes del 31 de julio de 2011 y que, por ende, reciban un total de catorce mesadas pensionales al año, se encuentran excluidos de esta mesada adicional.
¿Qué pensionados de Colpensiones tienen derecho a la mesada 14 en 2025?
La mesada 14 es una prima que corresponde a todos los jubilados que se encuentran bajo el Régimen de Prima Media (RPM), el cual es actualmente administrado por Colpensiones. Este monto adicional se transfiere a los beneficiarios en la mitad de cada año, específicamente en el mes de junio. Este reconocimiento es fundamental para aquellos pensionados que dependen de su pensión como su principal fuente de ingresos.
Requisitos para recibir la mesada 14
Para poder acceder a la mesada 14, existen ciertos requisitos que los pensionados deben cumplir. Estos requisitos son esenciales para garantizar que el beneficio se otorgue a quienes realmente lo necesitan y cumplen con las condiciones establecidas por la ley.
- Los pensionados que hayan sido jubilados antes del 25 de julio de 2005 deben asegurarse de que su pensión no supere los 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Por otro lado, aquellos que se pensionaron entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011 deben tener pensiones que tampoco excedan los 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
¿Cómo solicitar la mesada 14?
El proceso para solicitar la mesada 14 es relativamente sencillo, pero requiere atención a los detalles. A continuación, se describen los pasos que deben seguir los pensionados interesados en recibir este beneficio.
- Primero, el pensionado deberá presentar un escrito formal solicitando el reconocimiento de la mesada ante el fondo de pensiones correspondiente.
- Una vez que se presente la solicitud, el fondo de pensiones tendrá un plazo de 15 días para responder a la petición realizada por el interesado.
- En caso de que la solicitud sea negada, el pensionado tiene la opción de presentar una demanda en contra del fondo de pensiones, solicitando que se le reconozca la mesada 14.
Es fundamental que los pensionados estén informados sobre sus derechos y los procedimientos necesarios para acceder a los beneficios que les corresponden. La mesada 14 representa un apoyo significativo en su economía y es un derecho que deben hacer valer.

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