Prescripción de Deudas y Embargos con Cooperativas en Colombia
Conoce los plazos de prescripción de deudas y las condiciones bajo las cuales una cooperativa puede embargar salarios y pensiones.
La prescripción de las deudas en Colombia es un proceso que ocurre con regularidad, aunque no en todos los casos. Para que venza un compromiso económico con una cooperativa, deben pasar varios años y seguir un debido proceso.
¿En cuánto tiempo vence la deuda con una cooperativa en Colombia?
Las deudas con una cooperativa en Colombia generalmente prescriben a los tres (3) años en caso de que haya un pagaré o cualquier otro título valor. El conteo inicia desde la fecha en la que la deuda se debió pagar.
A pesar de que una deuda prescriba, no desaparecerá de su historia crediticia, lo que podría dificultar la solicitud de créditos y otros servicios bancarios.
¿Cómo se solicita la prescripción de una deuda?
Para lograr que se prescriba una deuda con una cooperativa, es necesario iniciar un proceso legal ante un juez de la República.
Es importante contar con toda la documentación que soporte que la deuda superó la fecha máxima de prescripción.
Aunque no es obligatorio, acudir a un abogado puede facilitar el proceso y evitar errores o demoras.
¿Una cooperativa puede embargarle su salario?
Sí. Una cooperativa puede embargar hasta el 50% del salario de una persona en Colombia, sin importar que gane un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV).
¿Pueden embargarle la pensión?
No, la ley colombiana estipula que las pensiones son inembargables. Sin embargo, según la Ley 100/93 en su artículo 134, una cooperativa SÍ puede embargar hasta el 50% de la mesada pensional.
¿Qué es un embargo?
Un embargo es la forma en que una entidad financiera asegura la propiedad de un deudor para garantizar que cumpla con su obligación económica.
¿Qué cosas le pueden embargar bancos y cooperativas?
- Cuentas de ahorros o corrientes
- Cuentas de ahorro para Fomento de Construcción
- Depósitos de bajo monto
- Inversiones virtuales
- Fondos de inversión
- Certificados de Depósito a Término (CDT) y de Ahorro a Término (CDAT)

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