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Le contamos qué es la Ventanilla Única Virtual de la Alcaldía de Medellín y para qué sirve

La Ventanilla Única Virtual creada por la Alcaldía de Medellín, es una herramienta que facilita a la ciudadanía una serie de trámites, de tipo virtual, asociados al ...

Le contamos qué es la Ventanilla Única Virtual de la Alcaldía de Medellín y para qué sirve

La Ventanilla Única Virtual creada por la Alcaldía de Medellín, es una herramienta que facilita a la ciudadanía una serie de trámites, de tipo virtual, asociados al Distrito con el fin de agilizar la atención a la comunidad, sin necesidad de trasladarse hasta las instalaciones de La Alpujarra. Acá les explicamos los aspectos más importantes relacionados con esta herramienta.

¿Qué es la Ventanilla Única?

R/: Es una herramienta virtual del Distrito de Medellín creada por el Decreto 0907 de 2021 que integra trámites, procedimientos y requisitos para gestionar eventos, filmaciones y actividades especiales.

¿Qué beneficios ofrece a la ciudadanía la Ventanilla Única?

R/: Entre estos se encuentran el registro rápido y oportuno de documentación, la gestión de conceptos y autorizaciones en línea y la evaluación y emisión de actos administrativos según competencias.

¿Cuáles son los trámites disponibles?

R/: Espectáculos Públicos de las Artes Escénicas (EPAE), Permiso Unificado de Filmaciones Audiovisuales (PUFA), notificación de actividades exentas y habilitación de escenarios para artes escénicas.

¿Qué otras acciones se pueden realizar a través de la Ventanilla Única?

R/: Los trámites para la instalación de parques de diversiones, circos y similares; eventos con juegos pirotécnicos o de tipo deportivo o institucionales, activaciones de marca, Vías Activas y Saludables (VAS).

¿Cuáles son los requisitos  generales para hacer diligencias en la Ventanilla Única?

¿Qué actividades son exentas?

R/: No requieren autorización de la Subsecretaría de Gobierno Local y Convivencia, pero sí notificación de las secretarías y dependencias involucradas, con al menos siete días hábiles de anticipación. Las entidades competentes deben emitir el acto administrativo correspondiente dentro de su ámbito: reuniones políticas, religiosas o sociales; congresos y seminarios; yoga, meditación y recreación pasiva; casas de banquetes y reuniones sociales en espacio público y bazares y actividades culturales en teatros o casas dedicadas a la cultura.

¿Cuáles son las excepciones?

R/: Deberán tramitarse, si incluyen: cierre de vías o agentes de tránsito, uso del espacio público y concepto favorable del DAGRD.

Pasos para gestionar un evento

R/: Para esto se debe hacer lo siguiente:

Registro del evento: Completar el formulario en la Ventanilla Única.

Revisión: Las dependencias revisan y emiten conceptos en línea.

Resolución: La Subsecretaría de Gobierno Local emite el acto administrativo que autoriza o niega el evento.

Tiempos de gestión y aprobación

R/: El trámite debe iniciarse con, al menos, siete días calendario de anticipación para que todas las entidades competentes revisen, emitan los conceptos necesarios y se vinculen al proceso. Una vez completada esta etapa, la Subsecretaría de Gobierno Local y Convivencia aprobará o negará el evento o permiso.

Recurso adicional

R/: En el manual de usuario encontrarás el paso a paso para gestionar trámites en la Ventanilla Única.

Recuerde que siguiendo este instructivo, se pueden gestionar los eventos que se vayan a realizar en Medellín, de forma ágil y segura aprovechando los servicios de  la Ventanilla Única Virtual.

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