¿Choque entre cortes? El controversial proceso contra 11 miembros del grupo delincuencial 'La Unión' que puso sus imputaciones en la cuerda floja
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En el marco de las operaciones que adelanta la Policía en el área metropolitana del Valle de Aburrá para debilitar y desmantelar los grupos delincuenciales organizados que tienen injerencia en los diferentes municipios de la región, hace algo más de un mes fueron capturados 11 individuos que harían parte de uno de los GDO más reconocidos del sur del Valle de Aburrá.
En articulación con la Fiscalía General de la Nación, el 30 de mayo de 2025, y como quedó en constancia en el reporte final del operativo, las autoridades adelantaron una serie de diligencias de allanamiento y registro que se derivaron en la captura de estos 11 individuos, que presuntamente, serían integrantes del GDO 'La Unión', cuya operación se concentra en el municipio de Itagüí.
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¿Golpe a 'La Unión'?
Los capturados fueron Brandon Steven Castaño Suárez, Emanuel Fernando Molina Gómez, Carlos Andrés Barón Cataño, Juan José Gómez Jiménez, Jorge Eliecer Álzate Arrieta, Arley Andrés Araujo Varela, Juan Pablo Vargas Taborda, Yomairo José Henao Gaviria, Alexander Cardona Orozco, Hamilton Chica Vanegas y Alejandro Vélez Duque, quienes, según el mencionado informe, pertenecían al GDO 'La Unión'.
11 presuntos miembros del GDO 'La Unión' fueron capturados en meses pasados. (Imagen de referencia) Foto:Suministrada.
Con precisión, en el documento, se estableció que la orden de allanamiento que derivó en las capturas indicaba que "la existencia justamente de la banda delincuencial o el grupo delincuencial organizado 'La Unión' con un accionar criminal pues basado en el tráfico, la distribución o porte de estupefacientes que tienen injerencia en el barrio Santa Cruz del Municipio de Itagüí".
Hasta ahí, el proceso avanzaba con normalidad tras la captura de los individuos por los presuntos delitos de concierto para delinquir con fines de tráfico de estupefacientes, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y destinación ilícita de muebles e inmuebles (los dos últimos agravados), de los cuales estaban señalados previamente en la investigación articulada por la Fiscalía.
Sin embargo, tras la legalización de la captura de los individuos, el 11 de junio de 2025, el proceso cayó en una especie de bache de inconsistencias entre el caso presentado por la Fiscalía y la lectura que realizaba el Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones Mixtas de Itagüí, al cual se le asignó en primer momento la realización de las audiencias preliminares de este caso.
El inconveniente se derivó de un argumento de incompetencia presentado por ese juzgado, al señalar que, en la solicitud de imputación e imposición de medida de aseguramiento que la Fiscalía presentó en su informe final, la orden de allanamiento que terminó en las capturas "indica la existencia justamente de la banda delincuencial o el grupo delincuencial organizado 'La Unión' con un accionar criminal basado en el tráfico, la distribución o porte de estupefacientes que tienen injerencia en el barrio Santa Cruz del Municipio de Itagüí".
Y en ese sentido, el juez indicó que los competentes para adelantar las citadas diligencias serían los Jueces Penales Municipales de Garantías Ambulantes de Antioquia.
Los capturados permanecieron retenidos sin imputación. (Imagen de referencia) Foto:Suministrada.
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El 'choque' entre los actores judiciales
La Fiscalía se opuso a dicho argumento, en tanto, si bien en el acervo presentado había documentos que orientaban sobre la injerencia de 'La Unión' en Itagüí, "en ninguno de esos elementos usted va encontrar de que alguna de estas personas sea integrante del GDO; la Fiscalía para este momento y en ningún momento manifestará de que ellos son integrantes de 'La Unión'".
A pesar de ello, tras escuchar a las partes del proceso, el juez ratificó que no era el competente para adelantar las audiencias de imputación e imposición de medida de aseguramiento en tanto la Fiscalía "en el informe final, presentó como elementos probatorios, asimismo en las hojas de vida, en la orden de allanamiento y registro del test de proporcionalidad, frente a la necesidad, identificó a estas personas como miembros de un grupo delincuencial de manera presunta claramente (…) la Fiscalía fundamenta las órdenes (sic) de captura en un concierto para delinquir con fines de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes (…) los elementos dicen una cosa, la señora Fiscal afirma otra distinta", se lee en la consideración presentada por el juzgado.
Fragmento del fallo de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia. Foto:EL TIEMPO.
Como parte del estudio del caso, el defensor de seis de los capturados, durante las audiencias preliminares, respaldó la postura del juez y señaló, en uno de sus argumentos, que "estamos ante un Grupo Delincuencial Organizado, 'La Unión'".
Con ese antecedente, el caso fue enviado a Corte Suprema de Justicia para que dirimiera a quién le correspondía la realización de las audiencias en contra de los 11 individuos. A pesar de que inicialmente la decisión correspondería al Tribunal Superior de Medellín, sin embargo, como quedó consignado en su fallo, la Corte resolvería el caso como una excepción.
Finalmente, la Sala de Casación Penal de la Corte resolvió que la competencia para llevar las audiencias de formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento dentro del proceso corresponde al Juzgado Cuarto Penal Municipal con funciones Mixtas de Itagüí, pues, según lo explicó el magistrado ponente del caso, "la manifestación hecha por la Fiscalía General de la Nación materialmente no suponía obstáculo para que se realizaran las audiencias ante dicho juzgado".
NICOLÁS TAMAYO ESCALANTE
Periodista de Nación, en Medellín.
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