El Tribunal Administrativo de Antioquia anula partes del decreto sobre consumo de drogas en Medellín
El fallo afecta la restricción del consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos, pero mantiene la vigilancia en zonas sensibles.
Fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia
En un reciente fallo de segunda instancia, el Tribunal Administrativo de Antioquia ha tomado la decisión de anular ciertos artículos clave del decreto 44 de 2024, emitido por el distrito de Medellín. Este decreto tenía como objetivo restringir el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos, una medida que generó un intenso debate en la ciudad y en el país.
Detalles de la decisión judicial
La magistrada ponente, Sandra Liliana Pérez, comunicó que la sentencia fue aprobada por la Sala Quinta del Tribunal, lo que marca un hito en la interpretación de las normativas relacionadas con el consumo de drogas en espacios públicos. “Se toman por Sala de Decisión, sentencia aprobada por la Sala Quinta del Tribunal hasta que se llega a tomar la decisión”, expresó Pérez, subrayando la importancia del proceso judicial seguido.
Con esta decisión, se declaró la nulidad parcial del decreto, lo que incluye la anulación de la regulación sobre la dosis personal. Sin embargo, se mantiene vigente la vigilancia en torno a colegios y otras zonas consideradas sensibles, lo que refleja un compromiso por parte de las autoridades de proteger a los más vulnerables, especialmente a los niños y adolescentes.
Opiniones de los concejales
Andrés Tobón, concejal de Medellín, ofreció su perspectiva sobre el fallo, señalando que, aunque la sentencia de la Corte Constitucional reconoce el derecho de los ciudadanos a portar su dosis personal, el consumo de drogas en espacios públicos no está amparado por los derechos y garantías de los consumidores. En sus palabras:
“Una cosa es que la gente tenga por la sentencia de la Corte Constitucional el derecho a portar su dosis personal y que este sea un debate de amplio nivel nacional, pero ha sido muy clara la ley y algunas entidades constitucionales, incluso sentencias de carácter penal en diferentes tribunales, donde se establece que el consumo en espacio público es un asunto que no hace parte de los derechos y goce de garantías de los consumidores”.
La concejal Claudia Carrasquilla también expresó su preocupación respecto a la anulación del decreto. Ella destacó que esta medida era un esfuerzo por parte de la administración municipal para proteger a los niños y adolescentes en sus entornos cotidianos. “Este ha sido un revés para la ciudad de Medellín, cuando era alcalde a través del decreto lo que pretendía era proteger a los niños, niñas y adolescentes en su entorno donde ellos permanecen”, manifestó Carrasquilla, enfatizando la necesidad de mantener espacios seguros para los jóvenes.
Implicaciones de la medida
El fallo del Tribunal se origina en una demanda que cuestiona el sustento técnico del decreto. Este aspecto ha sido respetado por los cabildantes del Concejo, quienes reconocen que la seguridad de los espacios públicos es un tema delicado y que debe ser abordado con seriedad. Para el ciudadano de a pie, la decisión judicial podría representar un riesgo para la seguridad en la ciudad, dado que la restricción del consumo de drogas en espacios públicos era vista como una medida para garantizar entornos más seguros.
A pesar de la anulación de partes del decreto, las autoridades locales han manifestado su compromiso de seguir velando por el cuidado de los espacios públicos. La Ley 1801, conocida como el Código de Convivencia Ciudadana, seguirá siendo un marco legal bajo el cual se aplicarán medidas para asegurar que los espacios públicos se mantengan como lugares seguros para todos los ciudadanos. Esto implica que, aunque la restricción sobre el consumo de sustancias psicoactivas en espacios públicos haya sido debilitada, el esfuerzo por mantener el orden y la convivencia pacífica en la ciudad continúa siendo una prioridad para las autoridades.

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